Seguros de Embarcaciones

El Seguro de Embarcaciones es una póliza fundamental diseñada para cubrir las responsabilidades legales derivadas del uso de la embarcación y proteger la inversión del propietario.

Cubre de manera obligatoria los Daños Materiales y las Lesiones Corporales ocasionados a terceros (incluidos los esquiadores arrastrados), las Pérdidas Económicas consecuentes y los Daños a otros buques por colisión o sin contacto. Además, garantiza la defensa jurídica mediante un subsidio por privación del permiso de conducir.

Opcionalmente, se puede asegurar el propio valor de la embarcación incluyendo Daños Materiales (robo, naufragio, incendio) y Accidentes Personales de los ocupantes, además de ampliar los límites de la Responsabilidad Civil obligatoria.

¿QUE COBERTURAS TIENE MI SEGURO
DE EMBARCACIONES?

Coberturas obligatorias

Cubre los daños materiales a terceros ocasionados por la embarcación o por los esquiadores que pueda arrastrar la misma, con un límite máximo por siniestro de 96.161,94 euros.

Garantiza el pago de costas judiciales y extrajudiciales por la defensa del asegurado y la gestión de siniestros.

Cubre la muerte y lesiones corporales ocasionadas a terceras personas, con un límite por víctima de 120.202,42 euros y un máximo por siniestro de 240.404,84 euros.

Incluye las pérdidas económicas de terceros como consecuencia de daños materiales y personales.

Cubre daños a buques por colisión o sin contacto.

Coberturas opcionales

  • Incluye daños en el casco, motor, accesorios o velamen a consecuencia de naufragio, varada, embarrancada, abordaje, choque o colisión con objetos fijos o flotantes, temporal, incendio o explosión y robo.
  • Además incluye los gastos de salvamento, remolque o auxilio a consecuencia de un accidente cubierto, así como los daños sufridos por la embarcación en accidente del vehículo porteador por carretera o ferrocarril.

Se pueden ampliar los límites establecidos en el R.D. 607/1999 hasta un límite máximo de indemnización de 1.000.000 euros o 1.500.000 euros por siniestro para Daños Materiales y Personales o bien hasta el propio valor de la embarcación (si la misma tiene una suma asegurada de más de 1.500.000 euros), siendo de aplicación un sublímite máximo de indemnización de 600.000 euros por siniestro por daños personales y de 300.000 euros por víctima.

Gastos de remoción de restos del buque, siempre y cuando las autoridades competentes obliguen a ello, sin que el origen sea un siniestro cubierto. Límite de responsabilidad: 6.000 euros.

Gastos de remolque que no sean consecuencia de un accidente cubierto, siempre y cuando sean a consecuencia de inhabilitación de la embarcación para navegar por sus propios medios. Límite de responsabilidad: 6.000 euros.

Se cubren los accidentes personales que produzcan el fallecimiento o la invalidez permanente de los ocupantes de la embarcación con los siguientes límites: Fallecimiento desde 18.000 euros hasta 36.000 euros; invalidez permanente desde 18.000 euros hasta 42.000 euros; asistencia sanitaria hasta 3.000 euros y gastos de sepelio hasta 3.000 euros.

Preguntas frecuentes

Cubre la muerte y lesiones corporales (con un límite por víctima de 120.202,42 €) y los daños materiales a terceros (hasta 96.161,94 €), incluyendo los daños ocasionados por esquiadores arrastrados por la embarcación.

Los daños a la propia embarcación son una cobertura opcional (Daños Materiales). Esta cubre el casco, motor, accesorios o velamen contra riesgos como naufragio, varada, abordaje, choque, temporal, incendio, explosión y robo.

Sí, a través de la cobertura de Responsabilidad Civil Ampliada se pueden aumentar los límites obligatorios hasta un máximo de 1.000.000 € o 1.500.000 € por siniestro.

El seguro cubre los Accidentes Personales de los ocupantes, garantizando límites de indemnización por fallecimiento (desde 18.000 € hasta 36.000 €) e invalidez permanente (desde 18.000 € hasta 42.000 €), además de asistencia sanitaria y gastos de sepelio.

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